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RETENCIÓNCantidad que se retiene de un sueldo, salario u otro haber para el pago de un impuesto, de deudas en virtud de embargo, etc. La ley argentina Nº 11.
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Retención: Conservación de parte de una cantidad que se debe pagar para garantizar elcumplimiento de alguna obligación, generalmente de tipo fiscal.
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Retención. Es una parte que se guarda para garantizar el cumplimiento de alguna obligación, generalmente de tipo fiscal.
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Retención de los bienes de un deudor hasta que éste haga frente al pago de su débito o bien se proceda a la liquidación de dichos bienes u otros para la cancelación del embargo.
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Retención del riesgo: Porción del valor de factura o porción financiada por un banco que no está cubierta por la garantía o seguro y que corre por cuenta del ex portador o del banco comercial. English: Risk Retention Français: Rétention de risque ...
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Retención de impuestos: (with holding taxes). Acto de retener un impuesto. Generalmente las leyes tributarias establecen las obligaciones de las personas que hacen pagos a causantes de impuestos, para retenerles los impuestos a su cargo.
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Retención Fiscal: Porcentaje que la entidad está obligada a descontar del total de los intereses en determinadas operaciones de ahorro e inversión. Es un pago de impuestos a cuenta.
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Embargo: Retención, inmovilización o secuestro de bienes por mandamiento del juez o autoridad competente.
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No están sujetos a retención a cuenta sobre las ganancias que se pongan de manifiesto cuando se produzca su transmisión o venta. Por lo demás, su tributación y el régimen de compensaciones por plusvalías y minusvalías es igual al resto de fondos.
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- Año gravable y ciudad donde se consignó la retención. - Apellidos y nombres del asalariado. - Cédula o NIT del asalariado. - Apellidos y nombre o razón social del agente retenedor. - Cédula o NIT del agente retenedor.
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Pagaré del Tesoro: Emitidos por el Estado de forma periódica, el interés se percibe de una sola vez en el momento de su adquisición, su rentabilidad es baja, no tiene retención fiscal, ...
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- Dividendo Bruto es la suma del dividendo a cuenta más el complementario. 2.- Dividendo Neto: es el que percibe el accionista una vez deducida la retención del impuesto sobre las rentas del capital. En la actualidad, dicha retención es del 18%.
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Es una obligación con un tratamiento fiscal especial ya que su interés tiene una retención de solo el 1,2 % pero el titular de la obligación puede deducir el 24 % de los intereses brutos en su cuota del IRPF. Obligación convertible: ...
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Obligación bonificada. Se trata de una obligación con un tratamiento fiscal especial, ya que su interés tiene una retención de tan solo el 1,2 %. El titular de la obligación puede deducir el 24 % de los intereses brutos en su cuota del IRPF.
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Las retenciones que se realizan sobre sus rendimientos se hacen a un tipo inferior al vigente, aunque que el sujeto pasivo puede desgravarse la totalidad de la retención que le hubiera correspondido en su base imponible.
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CREDITO IMPOSITIVO Retención de origen pagada por la sociedad emisora. Es recuperable como haber fiscal. CRISIS ECONOMICA Etapa de profundas perturbaciones que caracterizan una situación gravemente depresiva, dentro de un ciclo económico.
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Ver también: Interes, Sector, Intereses, Derechos, Instrumento
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