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Avalista: Interviene como garante del préstamo y asume responsabilidades de pago en caso de que el pagador no haga frente a la deuda. VOLVER AL ÍNDICE B ...
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AVALISTAPersona que otorga el aval. Para efectos de la deuda pública el avalista oficial es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. AVALUO ...
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Garante solidario, avalista solidario: Garante que se compromete de modo mancomunado y solidario a tomar la responsabilidad legal por la deuda o incumplimiento de otra persona. Los organismos legales también pueden actuar de garantes solidarios.
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Efectos de la eficacia del convenio sobre los acreedores afianzados y sobre los avalistas del concursado.
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La que el tenedor de una letra puede ejercitar contra el aceptante o sus avalistas, en caso de falta de pago, aunque la letra no se haya presentado al cobro el día del vencimiento o, aunque habiéndose presentado, ...
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Aval: Garantía de pago que otorga un tercero extraño en una letra de cambio o en un pagaré. El avalista generalmente responde del pago en las mismas condiciones que el librador y los endosantes en la letra y del deudor principal en el pagaré. [subir] ...
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Aval: Forma de garantía que consiste en el compromiso de una persona - avalista- de responder de la obligación contraída por otra -avalado- en caso de incumplimiento por parte de esta.
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Acción legal de un tenedor para exigir al último endosante, por la vía judicial, el pago correspondiente de un título de crédito tanto al avalista como al aceptante; dicha acción tiene un período de caducidad de tres años.
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Obligación contraída por una persona, la cual se compromete a garantizar por otra el cumplimiento de una obligación mercantil; si no lo hace ésta, el avalista se encuentra en los mismos casos y formas que la persona por quien salió garante.
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avalista generalmente responde del pago en las mismas condiciones que el librador y los endosantes en la letra y del deudor principal en el pagaré.
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Ver también: Derechos, Persona física, Acreedor, Informe, Patrimonio
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